Beneficiado por CONFOTUR, esta propiedad ofrece incentivos y beneficios para personas o empresas. Las compras de propiedades bajo la LEY 158 -01 ( CONFOTUR ) estarán exentas del impuesto de transferencia ( 3% del valor de la propiedad ) y de la exención del impuesto a la propiedad ( IPI ) por 15 años, lo que equivale al 1% del monto total del inmueble.
Es decir, que si tienes varias propiedades, se suma y solo el valor añadido es excluido.
La República Dominicana uno de los principales destinos turísticos del caribe, con lugares de reconocimiento mundial por sus hermosas playas y bellos paisajes naturales.
Se benefician de esta ley todos los inmuebles ubicados en polos turísticos, como por ejemplo Punta Cana, La Romana, Juan Dolio, Puerto Plata, Samaná y Jarabacoa.

Principales exenciones:
- Exención del 3% del Impuesto de Transferencia.
- Exención 1% Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria (IPI) por un periodo de 10 a 15 años.
Dichas exenciones establecidas por esta ley están destinadas para las personas físicas o morales que realicen una o varias inversiones directamente con los promotores o desarrolladores de los proyectos que estén regidos bajo esta.
Quedan excluidas de tales beneficios las transferencias que se realicen posteriormente a favor de terceros adquirente.

Somos una empresa inmobiliaria que forma parte de la Asociación Dominicana de Mujeres Inmobiliarias. Te ofrecemos un servicio cercano, atento y confiable para tu compra, inversión o venta de inmuebles
Nuestros clientes son el valor principal de Remicasas. Nuestra visión es la satisfacción de cada persona que se acerca a nosotros buscando su inmueble ideal. Así Remicasas crece y amplía sus Servicios y Negocios, contigo de la mano.