| La Ley No. 158-01, mejor conocida como la Ley de CONFOTUR, se creó en la República Dominicana, para propiciar las condiciones necesarias para que los proyectos turísticos innovadores puedan acogerse a los incentivos otorgados por la ley. |

Algunos beneficios de esta ley son:
1. Queda excluido de impuestos sobre la renta sobre personas físicas o jurídicas que emprendan, promuevan o inviertan capitales en las actividades regulas por la ley.
2. Queda excluido de impuestos nacionales y municipales por concepto de constitución de sociedades ya constituidas.
3. Exención de Impuestos nacionales y municipales por concepto sobre derechos de transferencias, de derechos inmobiliarios, por ventas, permutas, aportes en naturaleza y cualquier otra forma de transferencia.

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